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LEY QUE ESTABLECE EL FUERO DE PATERNIDAD

  • Foto del escritor: CÉSAR CAMARGO
    CÉSAR CAMARGO
  • 29 ago 2021
  • 1 min de lectura

El Gobierno sancionó la Ley 2141 del 10 de agosto de 2021 “Por medio de la cual se modifican los artículos 239 y 240 del Código Sustantivo del Trabajo, con el fin de establecer el fuero de paternidad”, de la autoría del senador cesarense, Didier Lobo Chinchilla.


La norma rige para para los hijos matrimoniales, extramatrimoniales, adoptivos, de unión marital de hecho, de parejas conformadas por el mismo sexo y con paternidad o maternidad declarada judicialmente.


Aumenta el fuero laboral de maternidad a 18 semanas posteriores al parto. Igualmente, la norma crea el fuero de paternidad del cónyuge, pareja o compañero permanente de la madre, estableciendo una indemnización para ambos igual a 60 días de trabajo, fuera de las indemnizaciones y prestaciones a que haya lugar de acuerdo con su contrato de trabajo, si llegan a ser despedidos sin autorización.


Así mismo, se establece que para poder despedir a los beneficiarios de esta ley se deberá contar con autorización del inspector de trabajo o, en su defecto, del alcalde municipal.



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